martes, 13 de octubre de 2015

Derecho Laboral : "Enfermedad Ocupacional queja por Informe del Mèdico sobre el Pegamento Ballatex 600"

miércoles, julio 02, 2008



 



Derecho Laboral : "Enfermedad Ocupacional queja por Informe del Mèdico sobre el Pegamento Ballatex 600"



 

Ciudadana

Dra: ________________.

Directora de Medicina Ocupacional del Inpsasel.

Su Despacho.-



Yo, ________________ Venezolana,mayor de edad,de este domicilio y titular de la cèdula de identidad nùmero: ______________debidamente asistido por los Abogados Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea y Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez, debidamente Inscritos en el Instituto de Previsiòn Social del Abogado , acudo ante su competente autoridad a los fines de exponer y solicitar:



"Recurso de Queja, Recusaciòn & de nombramiento de nuevo perito"



Mi motivo de comparecencia lo constituye la consignaciòn del Informe que elaboro el MEDICO-PERITO Dr : ______________sobre la Enfermedad de Origen Ocupacional que padezco y la cuàl es objeto de un Procedimiento Judicial seguido ante la Jurisdicción Laboral del Estado Miranda, el cuàl acompaño marcado "A" ,en primer lugar quiero dejar constancia de "QUE DICHO PERITO NO ES IMPARCIAL PORQUE HA DEJADO EN EVIDENCIA SU ESTRECHA AMISTAD CON EL ABOGADO DE LA EMPRESA " por lo cuàl le RECUSAMOS y solicitamos su inmediata separaciòn del caso ya que EL INFORME que produjo es Contradictorio en su Resultado con los antecedentes analizados, toda vez que de la linea de pensamiento de dicho Informe se deja Constancia entre otras que EL PEGAMENTO Ballatex 600 contiene una substancia denominada COLOFONIA la cuàl produce ENFERMEDAD OCUPACIONAL dado que produce dos consecuencias sabidas en la literatura Mèdica Mundial como lo son: 1- ASMA LABORAL y 2- Problemas Dermatologicos, padeciendo exactamente dichas consecuencia la trabajadora aquì denunciante por lo que dicho Mèdico FALTO A LA VERDAD cuando concluyo QUE NO ERA ASMA OCUPACIONAL lo cuàl parece acomodaticio en virtud de que posterior a dicha declaraciòn sin embargo recomienda: 1- Cambiar de puesto de Trabajo (Tacito reconocimiento de la gravedad del producto y del padecimiento de la trabajadora denunciante) y 2- Evitar la estadìa en el COMEDOR DE LA EMPRESA el cuàl esta adjunto al almacen de Quimicos (entre otros Pega) que producen acumulación grave de gases Toxicos ¿Entonces? Produce o no produce enfermedad ocupacional la linea de pensamiento manejada NO PUEDE ARROJAR OTRA CONCLUSION DIFERENTE A QUE EL TRABAJO CON BALLATEX 600 QUE TIENE COMO COMPONENTE COLOFINIA genera ENFERMEDAD RESPIRATORIA GRAVE DE TIPO OCUPACIONAL, concluir lo distinto se puede deber a dos causas : 1- Ignorancia crasa y supina de la materia. 2-) Parcialidad Grave del perito (Mèdico) con la Empresa, siendo asì las cosas solicitamos que: 1- Dichas Evaluaciones sean realizadas por Otro Perito que GARANTICE IMPARCIALIDAD EN EL PRESENTE CASO y 2- Que se incluyan en dicho análisis los antecedentes que se detallan a continuación y que determinan la EXISTENCIA DE UNA ENFEREMEDAD OCUPACIONAL por parte de la Trabajadora Denunciante , como lo son: 1- Informe Mèdico emitido por el HOSPITAL DR: JOSE IGNACIO BALDÒ Departamento Unidad de Torax, Historia Clìnica nùmero: 19-99-41 popularmente conocido como EL ALGODONAL donde una Experta Certificada en la materia emite opinión profesional sobre el padecimiento sufrido por la trabajadora denunciante como: ENFERMEDAD OCUPACIONAL , Dra: _________________ (MEDICO NEUMONOLOGO-JEFE DEL SERVICIO DE NEUMONOLOGIA CLINICA) y 2- Informe del Instituto de los Seguros Sociales de Venezuela (IVSS) donde se concluye que se TRATA DE UN ASMA LABORAL emitido por el Dr: ________________ Neumonologo , dada puès la contundencia de los Peritos antes mencionados y dada la Grave contradicción en la que incurre el Dr: _____________pedimos: 1- Que se deseche y NO SE LE OTORGUE NINGUN VALOR PROBATORIO al referido informe dado QUE NO ES OBJETIVO y que fue rendido por una Persona QUE NO ES IMPARCIAL pues CONCLUYE en contra de lo que señala la MAXIMA DE EXPERIENCIA en el caso del pegamento BALLATEX 600 contentivo de COLOFONIA lo cuàl genera y generara siempre ENFERMEDAD RESPIRATORIA DE ORIGEN OCUPACIONAL, de eso da fè la literatura Mèdica Mundial. 2- Que se ORDENE nueva practica de examenes y evaluaciòn del paciente por UN NUEVO PERITO que SEA EXPERTO EN EL AREA DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS para que se garantice la Imparcialidad en los resultados de dicho Informe. Solicitamos puès que se aplique el Principio In Dubio Operario para que se pueda Otorgar Justicia Objetiva laboral en mì caso particular. Es Justicia a la fecha de su presentaciòn.



Cordiales, Saludos !!!



 

Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea

ABOGADO-U.C.A.B.



 

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez

ABOGADO-U.C.A.B.

No hay comentarios:

Publicar un comentario