martes, 23 de septiembre de 2014

Mala Praxis Médica:"La Ignorancia, Impericia & Negligencia son directamente proporcionales a la Mala Praxis Médica"





jueves, mayo 01, 2008

La Mala Praxis Médica es una calamidad de marca Mundial eso ya lo sabemos todos pero eso no basta desde el punto de vista legal debemos precisarla y para eso debemos hacernos las siguientes preguntas ¿Que es la Mala Praxis Médica? ¿Cuando Sucede? y ¿Que consecuencias Jurídicas puede generar, comencemos por responder la Primera Pregunta desde nuestra óptica Jurídica podemos Definir la Mala Praxis Médica como Aquel conjunto de Procedimientos Mèdicos-Quirurgicos aplicados por un Profesional de la Medicina (MEDICO) que por obsoletos, Erróneos y apartados de los Protocolos y cañones establecidos por el conjunto de las mejores prácticas universalmente aceptadas generan como consecuencia un Daño en el Paciente que puede ser Levísimo, Leve, Grave, Gravísimo o desencadenar la Muerte del mismo, es decir, que tenemos que hablar entonces de la IGNORANCIA, esta puede ser vista como la ausencia de conocimientos en una materia especifica y/o determinada, pues bien EL MEDICO quién es el Sujeto Activo en el Supuesto Legal de la MALA PRAXIS MEDICA, ha de incurrir en la comisión de un Acto Médico que NO ES ACEPTADO, NI ACEPTABLE porque éste Profesional de la Medicina tiene como Obligación Legal el estar preparado y actualizado acerca de los Métodos y procedimientos Médicos aceptados Universalmente para el momento Histórico que él lo aplica, de aquí podemos sacar dos conclusiones la Primera para un Médico la Ignorancia es Ilegal simplemente UN MEDICO NO PUEDE SER IGNORANTE, LUEGO SI LO ES ,ESTA ATENTANDO CONTRA LA VIDA DE SUS PACIENTES, porque lo que hoy es aceptado en Medicina al día siguiente puede salir de la práctica habitual de los Médicos porque se determinó que dicho procedimiento era lesivo para los pacientes, la segunda QUE EL MEDICO TIENE LA OBLIGACION DE ESTAR ACTUALIZADO EN EL AREA ESPECIFICA DE SU EJERCICIO MEDICO, ¿por qué en el Área ?bueno por una razón muy sencilla porque en ésta profesión no pueden existir MEDICOS SIN ESPECIALIDAD dado que el Organismo Humano es tan complicado y preciso QUE POR EJEMPLO UN CIRUJANO DE LA MANO IZQUIERDA, NO DEBERÌA SER EL MISMO PARA EL MISMO TIPO DE OPERACION EN LA MANO DERECHA, sí así son las cosas se requiere conocimiento, practica y agudeza para cada situación en particular, pensemos esto si un medico Proctólogo hace una cirugía facial ¿está realmente preparado para garantizar los resultados de esa operación? definitivamente que no, es allí donde está el problema cuando del cuerpo humano se trata la PERICIA ES UN REQUISITO MÀS, luego el médico que ofrece un Servicio para el cuál no está capacitado está aceptando de manera preterintencional la posibilidad de causar un grave daño a su paciente, pensemos ahora ¿Cuando sucede la Mala Praxis Médica? Bien ocurre cuando un Profesional de la Medicina incurre en la práctica de un ACTO Médico erróneo o de una imprecisión grave que cause un Daño Parcial ,permanente y/o momentáneo en el paciente y lo cuál debió haber previsto, por ejemplo UN MEDICO aconseja practicar RADIACIONES a un Paciente con Exámenes no confirmados o que dejen una duda razonable, ese médico que NO CONFIRMO EL DIAGNOSTICO con las Radiaciones va a causar un daño mayor al paciente QUE EN UN SEGUNDO EXAMEN PODRÌA SALIR DESCARTADA SU ENFERMEDAD luego ya el paciente recibió la Radiación ¿Quien paga por esto? obviamente el médico es responsable de Mala Praxis esto ocurre lo hemos visto sabemos inclusive donde, entonces la Mala praxis médica se genera por Irresponsabilidad en el diagnostico, por violar los protocolo de seguridad para poder dar por hecho la condición de una enfermedad que sufre un paciente determinado si EL MEDICO no toma todas estas previsiones está incurriendo en MALA PRAXIS MEDICA, consecuencias Jurídicas son Obvias TODO EL QUE CAUSA UN DAÑO A OTRO ESTA EN LA OBLIGACION DE REPARARLO, sí pero que vas a repararle a un paciente que entro con un nivel de Salud y salió realmente enfermo sin posibilidades de Futuro porque simplemente un Error ,un descuido acabo con su vida bueno la consecuencia es que ese MEDICO ESTA OBLIGADO TAMBIEN A INDEMNIZAR EL DAÑO MORAL porque la Petitio Doloris se reclama como consecuencia de la IATROGENIA, Lesiones y también por la Negligencia, es así de sencillo sólo basta LA NEGLIGENCIA PARA ESTAR FERNTE A LA MALA PRAXIS MEDICA, éste profesional además de tener que estar adecuadamente preparado NO PUEDE SER NEGLIGENTE su negligencia produce consecuencias y esas consecuencias deben ser Reparadas e Indemnizadas por el Médico amén de que puede resultar una Responsabilidad Penal por LESIONES GRAVES Y POR MUERTE DEL PACIENTE, en fin la relación entre Ignorancia, Impericia y Negligencia en la práctica del Acto Médico es directamente proporcional a la Mala Praxis Médica.


¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

Derecho Matrimonial:" Solicitud de Partición y Liquidación de Comunidad Conyugal”





Ciudadano
Juez Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Su Despacho.-
Yo, ________________________, de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, Divorciado y titular de la cedula de identidad número: ____________ debidamente asistido para éste acto por el Dr.:_________________, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, de profesión abogado en ejercicio debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el número: __________ y titular de la cédula de identidad número: ______________, acudo ante su competente autoridad a los fines de exponer y solicitar:


“Solicitud de partición & Liquidación de Comunidad Conyugal”



Es el caso Ciudadano Juez que según Sentencia Firme y ejecutoriada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda de fecha _____ de _________ del año _________ se declaro disuelto el vinculo matrimonial que mantenía con la Ciudadana: ___________________________ , de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, divorciada y titular de la cédula de identidad número: V-____________, en virtud de los mismo y dada a imposibilidad de un arreglo amistoso para la liquidación de la comunidad conyugal he acudido ante su competente autoridad para demandar como en efecto demando la Partición & Liquidación de la Comunidad Conyugal que mantuve con mi ex cónyuge Ciudadana: _____________________,plenamente identificada en su oportunidad consistiendo dicha Comunidad en UN INMUEBLE DE NUESTRA LEGITIMA PROPIEDAD constituido por un apartamento identificado con el número: __________ Piso ________ Edificio número:__________ de la Urbanización ___________ del Municipio ___________ de ésta Ciudad de ________ Estado __________ , cuyo Código Catastral es ___________ de fecha _____ de ________ del ______ y el cual tiene una superficie aproximada de _____________________CUADRADOS (____________M2), y cuyos linderos son: NORESTE: ____________; SURESTE:______________; SUROESTE: __________; y NOROESTE: ______________. Le corresponde a dicho Inmueble un Puesto de Estacionamiento signado con el número ____________ el cual forma parte integrante del mismo. Al determinado Apartamento le corresponde un porcentaje de condominio de __________ en relación al Conjunto y de 1,000000% en relación al Edificio, ambos sobre los derechos y cargas de la Comunidad de Propietarios, Documento de Propiedad otorgado ante Oficina Subalterna de Registro del Distrito___________ del Estado ___________ (hoy Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio ________del Estado_________), en fecha _____ de _____ de ______, bajo el número____, Protocolo _____ Tomo ____, del ____ Trimestre, todo según el correspondiente Documento de Condominio el cual está protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito ________ del Estado ______ (hoy Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio _______ del Estado ______), en fecha ____ de _____ de _____, bajo el número _____, Tomo____, Protocolo ______ del cuál acompaño a los efectos de Ley Titulo de Propiedad debidamente registrado y del cual se desprende nuestra condición de propietarios del referido inmueble, la petición que hago la realizo en base al principio Universalmente aceptado que reza : “QUE NADIE ESTA OBLIGADO A PERMANECER EN COMUNIDAD” más aún en mí caso que como consecuencia del Divorcio antes señalado QUEDE SIN VIVIENDA púes la que está usufructuando de manera injusta en forma exclusiva dicho inmueble es la Ciudadana: ____________________, razón por la cual demando la partición y liquidación de dicha comunidad ya que necesito para mis intereses fundamentales de Vivienda y manutención el cincuenta por ciento que me corresponde de dicha comunidad a fin de que el Ciudadano Juez le adjudique y entregue sin plazo alguno la parte que le corresponde en la partición y liquidación de la comunidad conyugal, al quedar disuelto en vinculo matrimonial, fundamentándose en los artículos 173, 174 y 175, siguientes del Código Civil, que regula lo relacionado a la Partición y Liquidación de la comunidad . Solicito púes al Ciudadano Juez en la sentencia definitiva declare la partición & Liquidación de la Comunidad Conyugal y que por vía de consecuencia ordene la venta de dicho inmueble a un tercero para que se pueda liquidar en forma efectiva la cantidad que por derecho corresponde a cada Ex Cónyuge hoy comunero de la extinta comunidad conyugal. Señalo como Domicilio del Demandado el siguiente: Apartamento número ______ Piso _____ Edificio número: _____de la Urbanización ___________. Como Domicilio del Demandante el siguiente: Centro Ciudad Comercial __________. Centro Profesional Piso _____ Oficina_____ Municipio Carrizal Estado Miranda. Teléfonos: _______, _______ y _______. ESTIMACION DE LA DEMANDA: La presente demanda a los efectos de Ley se estima en la cantidad de: _________Bolívares Fuertes (_______ Bs F) en virtud de que el inmueble que conforma la comunidad conyugal asciende a un valor aproximado de ___________BOLIVARES FUERTES (_______ Bs F) de lo cual el 50% de los derechos corresponden al Demandante en su condición de ex cónyuge y actual comunero simple de dicha extinta comunidad conyugal. Solicito púes al Ciudadano Juez Admita la presente demanda y de conformidad a las particularidades de Ley ordene la Liquidación efectiva de la Comunidad conyugal cuya partición a la fecha ha sido de imposible realización por no haber podido alcanzar los ex cónyuges un acuerdo amigable satisfactorio a sus intereses particulares, solicito así mismo la citación de la demandada y que sea declarada la presente acción Judicial con lugar en la definitiva con todos los pronunciamientos de Ley. Es Justicia a la fecha de su presentación.


¡Cordiales, Saludos!


Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.


Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

Derecho de Menores: "El Interés Superior del Menor Vs Interés del Juez"






Hoy he despertado pensando en el INTERES SUPERIOR DEL MENOR que maravilloso escuchar que el INOCENTE tiene quien piense en el , pero igualmente como Abogada dedicada y especializada en la hermosa tarea de lo que cuando estudiaba en la Universidad se llamaba JUSTICIA DE MENORES la cual por cierto era optativa, me hace reflexionar con mayor profundidad sobre un tema que se escucha en todas partes pero que poco se cumple su alcance, tan solo hace unos días en uno de los casos que me ha tocado llevar lastimosamente después de que se violento EL INTERES SUPERIOR DEL MENOR, me encontré que privo EL INTERES DE LA JUEZ DE LA CAUSA quien sabe porque remotas crueles y atávicas ideas o quizá porque nunca le intereso humanamente la materia de menores , se olvido totalmente de ellos llegando al punto de ejecutar violentamente su decisión al límite de que las suplicas de los niños no importaron, pedían a gritos ser escuchados y no trasladados los cuales parecían gritos de silencio y desesperación sin respuesta , cuando un Juez ,un Fiscal, un Psicólogo o alguno de los auxiliares del equipo multidisciplinario no es IMPARCIAL se VIOLENTA EL INTERES SUPERIOR DEL MENOR ¿y qué debemos entender por este? me voy a olvidar de las normas existentes en la materia y voy a pensar en el contexto de la frase pues bien INTERES SUPERIOR DEL MENOR significa que por encima de lo que quiera el padre, la madre los funcionarios judiciales o cualquier otro INTERESADO esta lo que a él cómo niño le interesa ,le llena ,le hace pleno e integralmente armónico ,no es posible que un niño sea arrancado de un hogar ,de una escuela de su entorno por una decisión arbitraria que no atendió al espíritu y propósito de esta maravillosa frase que considero es EL CENTRO RAZON Y FUNDAMENTO de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (LOPNA).
Nos encontramos con que la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (LOPNA). Consagra en su artículo 8°. Interés Superior del Niño. El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.
Parágrafo Primero: Para determinar el interés superior del niño en una situación concreta se debe apreciar:
a) La opinión de los niños y adolescentes;
b) La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niños y adolescentes y sus deberes;
c) La necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los derechos y garantías del niño adolescente;
d) La necesidad de equilibrio entre los derechos de las demás personas y los derechos y garantías del niño o adolescente;
e) La condición especifica de los niños y adolescentes como personas en desarrollo,
Parágrafo Segundo: En aplicación del Interés Superior del Niño, cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de los niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros.
Como podemos observar existe una serie de situaciones que deben observarse para determinar y escudriñar ese INTERES SUPERIOR DEL MENOR pero al contrario vemos como Jueces deciden aplicar lo contrario y llevan a cabo una antítesis de lo planteado, olvidándose por completo de esta norma ,en casos recientes he podido observar cómo le cuesta a un Juez escuchar a los menores ,toman decisiones arbitrarias, provisionales y hasta definitivas sin ESCUCHAR A LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES ¿es que acaso no piensan en que el futuro de ese menor puede estar marcado por su decisión arbitraria? Se hace necesario no tantas reformas inútiles en cuanto a cambiar de denominación una u otra figura Jurídica se trata de entender el espíritu y propósito del legislador y más aún el espíritu y propósito de nuestros pequeños legisladores naturales LOS NIÑOS.

¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO- U.C.A.B

Máxima Jurisprudencial: "Amparo Sobrevenido"





Cuántas veces hemos visto que dentro de un proceso Judicial surgen condiciones objetivas que violentan Derechos fundamentales de las partes en Juicio, desde el Derecho a la Igualdad hasta el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa, para ello el legislador a ideado la figura del Amparo Sobrevenido a tal efecto nuestro más alto Tribunal de Justicia (T.SJ.) ha dicho lo siguiente: "...el amparo sobrevenido surge en el curso de un juicio pendiente, cuando con posterioridad al inicio del mismo surgen actos, que violan, o amenazan violar derechos y garantías fundamentales de las partes, y que por lo tanto la aludida acción debe cumplir con los requisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así pues, la acción de amparo sobrevenido es una vía muy especial creada por el legislador para permitir que se ventile en el mismo juicio una denuncia de lesión constitucional acaecida durante su curso, y que busca evitar la materialización o continuidad de los efectos lesivos de un acto, surgido en el transcurso del proceso principal, por lo que la misma necesariamente debe interponerse dentro de dicho proceso y pierde su finalidad una vez que este ha culminado..." Instamos a nuestros colegas a hacer uso de este Recurso Extraordinario cuando se presenten situaciones que objetivamente constituyan violaciones a sus Derechos fundamentales Y/o Constitucionales dentro del Proceso Judicial porque es una Herramienta útil para salvar esta penosa circunstancia dentro del propio Proceso.


¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

"Modelo de Libelo de Demanda donde se intenta Nulidad de Venta de Acciones a un Tercero por violación del Derecho de Preferencia"





Ciudadano
Juez Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, `Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Su Despacho.-
Yo, _______________ , de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, Comerciante y titular de la cédula de identidad número: V-______________, debidamente asistido por los Abogados , Dra.:____________ y Dr.:______________, ambos de Nacionalidad Venezolana, mayores de edad, de éste domicilio , Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: _______y _________ , debidamente Inscritos por ante el Tribunal Supremo de Justicia bajo el número: ________ y __________ respectivamente y titulares de las cédulas de identidad números : V-________ y V-____________ ,con la venia de estilo, acatamiento y respeto ocurro ante su competente autoridad a los efectos de exponer y solicitar :


LOS HECHOS


Es el caso Ciudadano Juez que consta en el Libro de Accionistas de la Entidad Mercantil “___________C. A. (” Inscrita en el Registro de Comercio III de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda bajo el nùmero: _____, Tomo: ________ ) que soy SOCIO de la referida Sociedad desde el _______ de ______del año ________ en virtud de COMPRA-VENTA , de todo lo cuál anexo marcada “A” Inspección Notarial de los libros de la referida Entidad Mercantil la cuál en su folio nùmero _____Lineas ____________ señala expresamente : “ Pagina ________ : Accionista : ____________. Fecha: ____________. Clase de Documentos: Por Compra ___________. Cantidades de Acciones: _________ Valor por Acción: _________ Capital Suscrito: _____________. Capital pagado: ___________.En la segunda parte de la página ____ no se encuentra ninguna escritura. Siguiente Línea: fecha _________. Clase de documentos: por compra a ____________ Cantidad de _________. Valor por acción: Bs________ capital suscrito: Bs ________. Capital pagado: _________. Siguiente Línea cantidad de títulos total ________. Siguiente Línea: Cónyuge del vendedor ___________.”, ahora bien según documento autenticado por documento autenticado por ante la NOTARIA PÙBLICA DE ____________ anotada bajo el número: _______ Tomo: _______ de los libros de autenticaciones y el cuál corre inserto en el Registro de Comercio correspondiente lo acompañamos marcado “B” consta que el De Cujas _________ adquirió _________acciones (_______) y según el referido documento autenticado por ante la NOTARIA PÙBLICA _______________ en fecha : ____ de ________ del ________ anotado bajo el número :____ Tomo _____ de los libros de autenticaciones, dichas acciones fueron heredadas por los Ciudadanos : ____________ y _______________ , Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: V-________ y V-__________ respectivamente , el cuál a los efectos de Ley acompañamos marcado “C” donde éstos últimos declaran CONTRA LEGE e INAUDITA PARTE que el documento de adquisición de Acciones de su Padre es NULO DE TODA NULIDAD Y SIN EFECTO ALGUNO lo cual es ilegal y antijurídico pues pretenden con su sola declaración romper con la cadena de titularidad que entre otras cosas afectaría el EJERCICIO DEL DERECHO DE PREFRENCIA QUE TIENEN TODOS LOS DEMAS SOCIOS A ADQUIRIRLAS, inclusive es tan Grave su declaración que Adjudican las acciones a una persona que ya vendió todos sus Derechos a otro de nuestros socios como lo es el Sr; _________________, es decir, tienen Derecho a adquirir esas acciones en igualdad de Condiciones tanto ___________como _____________, en tal sentido cabe acotar que éstos (__________ y ________ ) no tienen la facultad ni el poder Jurídico de Anular un documento QUE ELLOS NO OTORGARON por lo que mal puede surtir efecto Jurídico alguno ( a la fecha del otorgamiento del documento que pretenden anular ______y _______eran MENORES DE EDAD por lo que estaban incapacitados legalmente para entender de asuntos Jurídicos ) , ESA DECLARACION CONTENIDA EN EL DOCUMENTO QUE SE ACOMPAÑA MARCADO “c” PERJUDICA CONSIDERABLEMENTE MIS INTERESES GENERANDO EN CONSECUENCIA DAÑOS Y PERJUICIOS QUE DETALLAREMOS AQUÍ , toda ésta situación se traduce en un descontrol y desequilibrio de la Sociedad y de los poderes que ejercen los socios en ella pues los SOCIOS MINORITARIOS tal y como lo señala la Doctrina Jurídica más autorizada del País están Bloqueando los Órganos sociales e impide ABUSIVAMENTE la Adopción de decisiones , igualmente refiere Que : “…LA SANCION DE LOS ABUSOS DE MINORIAS, LA MAYOR PARTE DE LAS VECES , ES LA CONDENACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS…” Por otra parte pareciera que intentaron ejercer un Derecho de Revocación lo cuál en el caso de una venta no es posible pues no se trata de un acuerdo social la revocación no puede producirse cuando afecta derechos adquiridos por terceros de BUENA FE el cuál es el caso del aquí demandante Sr: _______________ amén de que la Acción para demandar la Nulidad de un Acto Registrado se extingue al vencimiento del lapso de 5 AÑOS según el artículo 1.346 del código Civil donde tradicionalmente la ha ubicado la interpretación . Así también el Dr.: Acedo Mendoza expresa: “… QUE SI SUBSISTEN VICIOS O VIOLACIONES QUE AFECTEN SU VALIDEZ , ES A LOS TRIBUNALES A LOS QUE DEBE CORRESPONDER PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO…” por argumento en contrario nunca en forma UNILATERAL LA PARTE PODRA BAJO CONCEPTO ALGUNO GENERAR LA NULIDAD DE UN DOCUMENTO OTORGADO POR UN TERCERO EN ESTE CASO EL CAUSANTE DE LOS PRENOMBRADOS ( ________ Y ____________) . Ahora bien cuando éstos pretenden adjudicar a un tercero la acciones que abandonan por la supuesta Nulidad afectan mis intereses personales pues quiero y pretendo adquirir dichas acciones dado que me corresponde por Derecho de preferencia y ésta actuación que a los efectos parece más un SIMULACION DE CONTRATO afecta el interés personal antedicho.

“EL DERECHO”

Es el caso Ciudadano Juez que los hechos señalados no dejan duda de que los Ciudadanos: ________y ___________ plenamente identificado causan Daños y Perjuicios graves (contenidos en el artículo 1.185 del Código Civil Venezolano) en contra de mis Derechos e intereses muy especialmente el Ejercicio del Derecho de Preferencia a adquirirlas contenido en los artículos, 317 literal b ,318 y 319 del Código de Comercio cuando inaudita parte pretenden adjudicarlas a un tercero , ésta conducta del accionista minoritario es lesiva a mis intereses pues bloquea y distorsiona la relación entre los verdaderos socios de la entidad mercantil . Razón por la cual procedemos a demandar como en efecto demandamos a los Ciudadanos : ____________ y ______________, Plenamente identificados en su oportunidad , para que el Juez Declare la Nulidad Absoluta del Documento otorgado por ante la NOTARIA PÙBLICA _________________ en fecha : ________ de ________ del ________ anotado bajo el número : ______ Tomo _______ de los libros de autenticaciones y CONFIRME LA VALIDEZ del (Documento de Propiedad de __________ OTRGADO por ante la NOTARIA PÙBLICA DE __________ anotada bajo el número: ______ Tomo: ________de los libros de autenticaciones y el cuál corre inserto en el expediente de la entidad Mercantil en el Registro de Comercio III de la Circunscripción Judicial de____________)y para que les condene a la indemnización los Daños y perjuicios, causados a través de su Declaración y firma en el antedicho documento que se acompaña marcado “C”

PETITORIO



PRIMERO: Solicitamos al Ciudadano Juez que declare la Nulidad Absoluta del documento “CAUSA GENERANDI” de los Daños y perjuicios señalados el cuál se acompaño en original marcado “c” cuyos datos de autenticación son los siguientes: documento autenticado por ante la NOTARIA PÙBLICA ___________ en fecha: ______ de _____ del _______ anotado bajo el número: ______Tomo _____ de los libros de autenticaciones por violar el articulo 317 literal b del Código de Comercio.
SEGUNDO: Solicitamos al Ciudadano JUEZ que confirme la validez absoluta del Documento que declara la propiedad de ____________ acciones (_____) a favor de ________________ y del cual se deriva nuestro Derecho de preferencia a adquirirlas por ante la NOTARIA PÙBLICA __________ anotada bajo el número: ____ Tomo: _____de los libros de autenticaciones y el cuál corre inserto en el expediente de la entidad Mercantil en el Registro de Comercio III de _________________.
TERCERO: Solicitamos al Ciudadano Juez que de conformidad al artículo 1.185 condene a los demandados al pago de los Daños y perjuicios causados los cuales ascienden al valor de las acciones que pretenden abandonar a favor y beneficio de un tercero en violación de mis derechos e intereses para lo cual solicitamos al Ciudadano Juez el avaluó correspondiente.


“Estimación del monto de la Demanda “



A los solos fines de dar cumplimiento al Código de Procedimiento Civil y dado que hemos solicitado un Avaluó de las __________ acciones (_______) de los demandados en la entidad Mercantil _____________C.A. y dado que el daño principal se ve causado por la imposibilidad que genera en cuanto al ejercicio del Derecho de preferencia adquirirlas a esos solos fines determinamos estimamos el valor de la demanda en: __________ Millones de Bolívares (___________ Bs).


“MEDIDAS PREVENTIVAS “


De conformidad al artículo 1.099 del Código de Comercio solicitamos al Ciudadano Juez dicte Medida de Prohibición de enajenar y gravar sobre las _____________ Acciones (________) que según documento autentico pertenecieron al Causante de los demandados según se confirma de documento debidamente autenticado : por ante la NOTARIA PÙBLICA _______ anotada bajo el número: _______ Tomo: ______ de los libros de autenticaciones y el cuál corre inserto en el expediente de la entidad Mercantil en el Registro de Comercio III de _______________________ cuyos datos de registro son : (” Inscrita en el Registro de Comercio III de la circunscripción Judicial _________________ bajo el número: _________, Tomo: _________ ) para los cuál alegamos el “FUMUS BONIS IURIS “ y el “PERICULUM IN MORA “ extremos legales que se cumplen dada la grave irregularidad de la actuación unilateral y dañosa en la que incurrieron los demandados. Solicitamos también como medida preventiva innominada que se le prohíba deliberar y votar en asuntos de la sociedad a los pre-nombrados _________ y ____________ pues su actuación se corresponde con un abandono expreso de sus derechos en la sociedad. Domicilio Procesal de los Demandados: ____________________________________________________. Domicilio Procesal del Demandante: ______________________________________________. Solicitamos pues la admisión de la demanda, la sustanciación de las Medidas preventivas solicitadas y su declaratoria Con Lugar en la sentencia definitiva.

¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.


Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.