martes, 23 de septiembre de 2014

Derecho Laboral: Enfermedad Laboral Razonamientos & Justificación para obtener una Indemnización






Razón por la cual demando a la Empresa _______________para que me indemnice por causa de enfermedad laboral y Daño Moral. (En el ámbito laboral, se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Dentro de las lesiones corporales se encuentran desde luego las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo e incluso los agravamientos de enfermedades y defectos que se padecían con anterioridad.) Está finamente detallada en la Ley Orgánica del Trabajo y ella regula la consecuencia como lo es una JUSTA INDEMNIZACIÒN al Trabajador Injustamente Lesionado todo lo cual constituye el motivo y propósito de la presente Demanda, a la cuál incluyo también la solicitud de indemnización por causa de DAÑO MORAL pues el trato degradante, desproporcionado a mis capacidades particulares creo en mí un hondo dolor y aflicción en cuanto a mí salud Psíquica y equilibrio emocional. Debo expresarle al Ciudadano Juez que soy de Condición Pobre pues mis Ingresos con dicha empresa siempre fueron de salario mínimo entonces ¿cómo seguir una tratamiento tanto medicamentoso como de Terapias a nivel de Fisioterapias? todo lo cual tiene un costo económico importante y de difícil financiamiento dada mí condición de Pobre. Ahora bien Siendo un paciente de _____ años el demandante tiene una Esperanza media de Vida de 25 años más a los _____ ya vividos por lo que el 80% de sus Ingresos medios se ven afectados por imposibilidad de acceder a los empleos mejor pagados (EL OBRERO VALE PER SE POR SU CAPACIDAD FISICA) siendo así ________ Millones de Bolívares (____________ Bs) significan : __________ Millones Anuales (____________ Bs) en un periodo de 25 años, lo que significa una Ingreso mensual de: _________ Millón de Bolívares (________________ Bs) lo cual es un Ingreso modesto para un OBRERO que vive modestamente la vida y que apenas alcanza para comprar alimentos básicos (RECORDEMOS QUE LA CESTA BASICA SUPERA CON CRECES EL MILLON DE BOLIVARES) Y el Trabajador tiene una carga Familiar Importantes (Mujer y dos Hijos que mantener). Razón por la cual en cuanto al daño Moral dado que el mismo no es cuantificable a los solos efectos del presente procedimiento estimo la Petitio Doloris en ____________ Millones de Bolívares (___________ Bs) (Por Haberme sometido al acarreo de MERCANCIAS Y OBJETOS DE LA INDUSTRIA demasiado pesados sin ningún tipo de Seguridad e Higiene Industrial todo lo cual me CAUSO una Merma Importante en mi Salud Física afectándome desde entonces Psicológicamente EN CUANTO al sentimiento de desamparo tan grande y evidente que significa NO PODER TRABAJAR más en la Industria .) en una cantidad igual a la Indemnización solicitada por Enfermedad laboral, es decir, la cantidad de: _____________ Millones de Bolívares (_____________ Bs). Cabe aquí citar el siguiente fallo Jurisprudencial : (…) el sentenciador que conoce de una acción por daño moral debe hacer un examen del caso en concreto analizando los siguientes aspectos: a)la entidad (importancia) del daño, tanto físico como psíquico (la llamada escala de los sufrimientos morales); b) el grado de culpabilidad del accionado su participación en el accidente o acto ilícito que causó el daño (según sea responsabilidad objetiva o subjetiva); c) la conducta de la víctima; d) grado de educación y cultura del reclamante; e)posición social y económica del reclamante) capacidad económica de la parte accionada; g) los posibles atenuantes a favor del responsable; h) el tipo de retribución satisfactoria que necesitaría la víctima para ocupar una situación similar a la anterior al accidente o enfermedad; y, por último, i) referencias pecuniarias estimados por el Juez para tasar la indemnización que considera equitativa y justa para el caso concreto. En consecuencia, el Juez debe expresamente señalar en su decisión el análisis que realizó de los aspectos objetivos señalados en el precedente párrafo, exponiendo las razones que justifican su estimación, las cuales lo llevaron a una indemnización razonable, que permita, controlar la legalidad del quantum del daño moral fijado por el Juez. (Sentencia 144, de fecha 07/03/2002, José Yánez contra Hilados Flexión, S.A).”
(Sentencia de la SCS del TSJ dictada en fecha 26 de julio del 2006 en el expediente
06-0192)
¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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