martes, 16 de septiembre de 2014

Máxima Jurisprudencial: "Derecho al Debido Proceso es un Derecho Universal"



Para su estudio y consideración citamos excelente fallo Jurisprudencial de nuestro Máximo Tribunal de Justicia (T.S.J.) donde se dejan claros los alcances de éste Derecho Fundamental, pues Sin EL DEBIDO PROCESO no hay Justicia posible, al respecto dicha sentencia nos dice expresamente lo siguiente :"...esta Sala ha declarado que la doctrina comparada, al estudiar el contenido y alcance del derecho al debido proceso ha precisado que se trata de un derecho complejo que encierra dentro de sí, un conjunto de garantías que se traducen en una diversidad de derechos para el procesado, entre los que figuran, el derecho a acceder a la justicia, el derecho a ser oído, el derecho a la articulación de un proceso debido, derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, derecho a un tribunal competente, independiente e imparcial, derecho a obtener una resolución de fondo fundada en derecho, derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, derecho a la ejecución de las sentencias, entre otros, que se vienen configurando a través de la jurisprudencia. Todos estos derechos se desprenden de la interpretación de los ocho ordinales que consagra el artículo 49 de la Carta Fundamental. Tanto la doctrina como la jurisprudencia comparada han precisado, que este derecho no debe configurarse aisladamente, sino vincularse a otros derechos fundamentales como lo son, el derecho a la tutela efectiva y el derecho al respeto de la dignidad de la persona humana. Forma parte de este fundamental derecho y garantía, constatar que la actividad del funcionario, en el ejercicio de su potestad sancionatoria y disciplinaria, se ajustó a los principios fundamentales y superiores que rigen esta materia, es decir, al principio de legalidad formal, mediante el cual, la facultad de sancionar se atribuye a la Administración Pública con suficiente cobertura legal; al principio de legalidad material, que implica la necesidad de que los presupuestos de la sanción o pena estén previstos en la ley; el principio de proporcionalidad de la sanción administrativa; el principio de la tutela efectiva y el derecho a la presunción de inocencia, entre otros...." El Debido Proceso está contemplado en las Declaraciones & Tratados Internacionales que persiguen el respeto a los Derechos fundamentales es por eso que podemos concluir que se trata de un Autentico DERECHO UNIVERSAL siendo su principal consecuencia Jurídica el que "...TODO JUICIO QUE IRRESPETE EL DEBIDO PROCESO SERA NULO DE NULIDAD ABSOLUTA LO CUAL PODRÀ SER SOLICITADO EN CUALQUIER GRADO Y ESTADO DE LA CAUSA INJUSTA QUE LO DESAPLICARE...",esperamos pues les sirva de utilidad a los fines legales consiguientes.



¡Cordiales, Saludos!



Dra. Emilia De León Alonso de Andrea

ABOGADO-U.C.A.B.





Dr.: Gilberto Antonio Andrea González

ABOGADO-U.C.A.B.

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