martes, 23 de septiembre de 2014

Exilio por Causas Políticas: Modelo de Poder Otorgado en Venezuela para surtir efectos en Argentina para acogerse a los beneficios de la Ley 24.043





Yo, ____________________, venezolano por Naturalización Originario de la República de Argentina , de estado civil casado, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad venezolana número: V-__________ Por medio del presente documento ,DECLARO : Que de Conformidad a la Ley de Derecho Internacional Privado Vigente en la República Bolivariana de Venezuela y en base al Principio Universalmente aceptado que expresa “LOCUS REGIT ACTUM” (LA LEY DEL LUGAR RIGE EL ACTO) procedo a Otorgar Instrumento PODER AUTENTICO para que surta PLENOS EFECTOS en toda la JURISDICCION DE LA REPUBLICA DE ARGENTINA según se expresa a continuación :En pleno Uso de mis Facultades Mentales manifiesto en forma expresa e inequívoca , Que : OTORGO , y/o CONFIERO en mí condición de Ciudadano Argentino, mayor de edad, Domiciliado en:, __________________________,JURISDICCION-de la República Bolivariana de Venezuela e Identificado a los efectos de la JURISDICCION de la República de Argentina a través de la Libreta de Enrolamiento Número :________________: Zendo PODER ESPECIAL de administración y disposición, Judicial y para trámites administrativos, a favor de : los Doctores : ________________y _________________, para que en mi nombre y representación, actuando en forma conjunta, separada, alternada, o indistintamente, inicien, continúen y terminen las acciones administrativas y/o judiciales, que le permitan acogerse a los beneficios de la Ley 24.043, y sus modificatorias y/o a cualquier beneficio que tenga su causa en el exilio por causas políticas sufrido por el otorgante. A tal efecto los faculta : para que en su nombre y representación, comparezcan ante todas y cualquiera de las dependencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Ministerio de Economía, así como ante los Jueces y Tribunales Nacionales, Provinciales y Federales que correspondan y todas las demás autoridades pertinentes, con escritos, petitorios, escrituras, documentos, testigos y otras pruebas, produzcan informaciones sumarias, soliciten publicación de edictos, rectifiquen partidas, diligencien exhortos, oficios y mandamientos, recurran, apelen y desistan de las apelaciones y así como de otros derechos, prorroguen y declinen jurisdicción, realicen los trámites de solicitud de indemnización y/o ratifiquen lo actuado en mi nombre por ante la Secretaría de Derechos Humanos y Sociales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, presenten solicitud de pronto despacho y recurran, en su caso, ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, perciban el pago de la misma, en efectivo o en bonos autorizándolos, en este caso, a aceptar que el pago se realice en bonos, títulos y valores de cualquier especie (en pesos o en dólares estadounidenses), registrados a nombre de él mandante como titular del beneficio, con facultades para cederlos, transferirlos, enajenarlos, depositarlos y de cualquier manera disponer de los mismos.- Quedan facultados los mandatarios, a realizar declaraciones juradas, firmar el formulario de requerimiento de pago, a renunciar a toda acción o reclamo inserta en el antedicho formulario, a prestar conformidad a la liquidación practicada, y practiquen, en fin, cuantos más actos, gestiones y diligencias sean conducentes para el mejor desempeño del presente mandato, que, para los fines indicado, les confiere sin limitación alguna de facultades y que podrán sustituir. Es Justicia que solicito en la Republica Bolivariana de Venezuela para que surta sus plenos efectos en Jurisdicción de la República de Argentina a la fecha de su autenticación.

¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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