Màxima Jurisprudencial: "El
Principio de la Proporcionalidad en el Marco Constitucional Venezolano"
Con el afàn de interpretar de la
manera màs pura la verdadera intenciòn del Constituyente en cuanto al alcance
de los dispositivos normativos que integran nuestra carta Magna hemos decidido
publicar Fallo de la Sala de Casaciòn Penal donde se desarrolla el concepto de
la Proporcionalidad como Principio Constitucional contenido en:Sentencia Nº 070
de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C00-1504 de fecha 26/02/2003 .En el
cuàl nos señala expresamente lo siguiente :"...En la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela en varias disposiciones, donde se hace
referencia la justicia se acoge el principio de la proporcionalidad: en el
artículo 2, cuando se refiere a que ?Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia...? El concepto de Justicia está
inspirado en todas las Constituciones del Mundo en la ya señalada clásica
definición de lo que se entiende por Justicia, en donde aparece como elemento
indispensable el principio de la proporcionalidad como un elemento supra
constitucional reconocido universalmente; en los artículos 19 y 20 donde se
garantiza el goce y ejercicio de los derechos humanos, en su más amplia
concepción conforme a éste último artículo, siendo precisamente el principio de
la proporcionalidad un derecho inherente a la persona humana; en el artículo
26, donde se señala expresamente: ?el Estado garantizará una justicia gratuita,
accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente,
responsable, equitativa y expedita...? La equidad es sinónimo de Justicia que
en su concepto más acabado y en sentido distributivo le da a cada cual lo que
le corresponde acude al principio de la proporcionalidad en la forma de
repartirse las recompensas y los castigos..." Es necesario dejar una
interogante planteada asì: ¿ha sido posible lograr desarrollar y aplicar El
Principio de La Proporcionalidad en Venezuela? , esperamos puès les sirva de
punto de reflexiòn a los fines legales consiguientes.
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.