Màxima Jurisprudencial: "Integraciòn
de la Administraciòn Pùblica"
Para determinar adecuadamente la forma
en que se integra la Administraciòn Pùblica citamos la Sentencia Nº 2724 de
Sala Constitucional, Expediente Nº 00-1423 de fecha 18/12/2001 la cuàl nos dice
expresamente lo siguiente:"...que la Administración Pública Nacional está
integrada por: a) La Administración Central, conformada por órganos que
dependen directamente del Ejecutivo Nacional, como lo son la Presidencia de la
República, la Vicepresidencia Ejecutiva, el Consejo de Ministros, los
Ministerios, las Oficinas Centrales de la Presidencia, la Procuraduría General
de la República, el Consejo de Estado y el Consejo de la Defensa de la Nación;
y, b) La Administración Descentralizada, la cual a su vez se subdivide en dos tipos,
la Administración Descentralizada Territorialmente, conformada por los entes
político ? territoriales (Estados y Municipios); y la Administración
Descentralizada Funcionalmente, conformada por los Institutos Autónomos;
personas jurídicas de Derecho Público con forma societaria (empresas del
Estado), asociaciones civiles y fundaciones pertenecientes al
Estado...."Esperamos puès que les sea de utilidad a los fines legales
consiguientes.
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
Publicado por Escritorio Jurìdico
Andrea & De Leòn en lunes, septiembre 08, 2008
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