lunes, 11 de marzo de 2013

Delitos Especiales en Materia de Telecomunicaciones



En esta materia lo primero que debemos decir es que la especie Penal responde a la clasificación de Delitos Especiales realizados con ocasión del Uso indebido del espectro radioeléctrico, siendo así las cosas la ley de la Especialidad nos dice que debe haber Dolo es decir intencionalidad manifiesta el animas Moscando responde principalmente al Daño que injustamente se hace a sus Competidores naturales lo cual es Competencia desleal sin más ni menos porque mientras el Autorizado (Concesionario) lo hace con el cumplimiento de requisitos específicos de la ley el Delincuente Tele comunicacional lo hace a discreción sin ningún tipo de autorización podríamos decir con toda claridad que se trata de una Invasión Delictiva en el espectro Radioeléctrico, el otro perjudicado lo es el Estado quien es el Titular y administrador del espectro Radioeléctrico en beneficio de la Ciudadanía en General razón más que evidente que nos hace concluir que el último afectado es el Usuario todos estos como potenciales víctimas de la ejecución del delito comunicacional están incluidos en el interés Jurídico tutelado por la Ley en su artículo 189 ordinales 1,2,3 verificado el incumplimiento de la obligación legal que tienen los particulares de hacer uso del espectro radioeléctrico sin una autorización administrativa de CONATEL podemos sostener con puridad de criterios que el DELITO COMUNICACIONAL se ha verificado, no pudiendo el Sujeto activo alegar su ignorancia pues se trata de una ley de la República debidamente sancionada por la Asamblea Nacional en cuyo contenido reposan consagrados Delitos Especiales que Castigan con Prisión dicha Violación y/o invasión del espacio radioeléctrico. En entregas posteriores desarrollaremos y analizaremos todos y cada uno de estos tipos penales especiales cuya aplicación es de urgente necesidad en nuestro país dada la gravedad que implica su violación.
¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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