miércoles, 20 de marzo de 2013

Lecciones de Derecho Básico para Asambleístas: "La Supremacía Constitucional"



En Venezuela se impone a través de su ordenamiento Jurídico un sistema coordinado y Jerarquizado de Normas que se distribuyen a través de diferentes formas de presentación, así encontramos los diferentes cuerpos normativos como lo son:

·         Constitución Nacional

·         Leyes Orgánicas

·         Leyes

·         Códigos (civil, Mercantil, Penal...)

·         Decretos-Leyes.

·         Reglamentos

·         ordenanzas

·         actos administrativos

Ahora bien ese conjunto normativo coexiste armónicamente gracias al respeto de las Jerarquías, es decir, una norma inferior nunca puede estar en contradicción con una superior si esto sucede se aplica la superior y en algunos casos se Deroga, anula y/o sustituye por la norma de la especialidad, es decir, entre una norma de carácter general y una Especial en la materia de la especialidad se aplicará la especial, así también la ley posterior anula o deroga la anterior si esta trata la misma materia, pero la armonía ha de venir directamente del vértice del sistema jurídico venezolano la cual no puede ser otra que la Constitución Nacional a ella se debe todo el sistema y en ella debe centrarse toda la legislación entonces encontraremos que toda ley que contradiga la constitución será inconstitucional y esto genera su Nulidad por lo que el principio de la Supremacía Constitucional es de aplicación preferente siempre y en todo momento por lo que no se puede desacatar y mucho menos establecer costumbre, actuación o contradicción en conducta positiva o negativa contra la Constitución Nacional , así en el peldaño siguiente encontraran el vicio de la ilegalidad sí la ley debe sujetarse a la Constitución Nacional las normas inferiores a la ley deben sujetarse a estas porque su vicio será el de ilegalidad y así sucesivamente.

Entonces señores Legisladores les pregunto ¿comprenden que no pueden contradecir, apartarse y mucho menos violentar el principio de la Supremacía Constitucional?

¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

No hay comentarios:

Publicar un comentario