lunes, 11 de marzo de 2013

Falsificación Marcaria: "Unificación de Criterios"



El Delito de Falsificación Marcaria ya es reconocido como un Flagelo, pero no es menos cierto que la gravedad del asunto ha hecho que tratadistas en la materia lo lleven a un estadio o fase terminal en cuanto a su gravedad dados los serios efectos que está teniendo en las economías de nuestros Países al punto que ha llegado a comparársele con un CANCER pues ha minado el sistema económico como Mutatis Mutandi lo hace el cáncer con el organismo, pero sabemos así mismo que cuando se refiere a UNIFICAR CRITERIOS lo refiere desde el punto de vista Técnico para poder dar una solución adecuada en la Justa dimensión del problema la Idea de que se pueda manejar estos Criterios a través de las Cámaras Norteamericanas es genial(Idea originalmente planteada por nuestro colega Dr. Roberto Porcel) porque el 90% de las Patentes ,licencias y Derechos Marcarios en general se manejan a través de estas Cámaras de intereses comerciales, no sería descabellado promover la utilización de USOS UNIFORMES DE PROTECCION MARCARIA, es decir, PROTOCOLOS DE PROCEDIMIENTO Y DE ACTUACION LEGAL para que los Titulares de los Derechos Marcarios actúen con una misma Dirección e interés (SIN CONTRADICCIONES), es decir, coordinar las actuaciones legales protectoras del Derecho Marcario por ejemplo: Los Miembros de las Cámaras de Comercio Norteamericanas de la Región Latinoamericana Recomiendan a sus Asociados seguir el siguiente Protocolo de Procedimientos y actuación Legal para el caso de Falsificación Marcaria : 1_ Ejercer la Acción Penal Correspondiente. 2- Ejercer la Acción Civil Sub-sidiariamnete para el pago de Daños y Perjuicios. 3- Solicitar en el caso penal Medida de Coerción Personal contra: a- El Dueño del Comercio. b- El Propietario del Inmueble Arrendado. c-Los Comerciantes Adquirentes de Mercancía Falsificada. d- El consumidor de Mala Fe.4- En el caso Civil Solicitar: a- Medida Preventiva de Embargo. b- Incautación de Mercancía Falsificada. c- Clausura o cierre del Establecimiento. d- Embargo de Cuentas Bancarias de los demandados por Daños y perjuicios causados por falsificación Marcaria, en fin algo así , entonces las CAMARAS actuarían coordinadamente y los resultados serían más efectivas porque en definitiva si todos actúan por su cuenta en forma descoordinada el que saldrá beneficiado será EL DELINCUENTE, en cambio si se coordinan acciones vía las diferentes cámaras entonces los resultados serían mas efectivas y se haría retroceder la incidencia del delito en gran parte de la medida creemos que la clave está allí en la coordinación de las acciones legales a ejercer en la defensa de los derechos marcarios. Para continuar analizando este tema recomendamos como web de interés el del Dr.: Roberto Porcel del Despacho de Abogados Porcel & Cabo en: http://robertoporcel.blogspot.com/


¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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