Lo Primero que tenemos que decir es
que la Declaración de Testigos constituye un Medio Probatorio ,en el que los
Jueces pueden fundamentar sus Decisiones, de hecho la prueba de testigos es la más
frecuentemente utilizada en los Juicios sobre todo en los de naturaleza Penal,
por esto es que se considera de Absoluta Gravedad QUE UN TESTIGO PUEDA MENTIR
AL JUEZ porque con su falsa declaración estaría garantizando una SENTENCIA
INJUSTA dado que manipula la verdad de los hechos y hace incurrir al Juez en
una percepción distinta de la realidad, éste Delito se encuentra consagrado en
el artículo 243 del Código Penal el cual nos dice expresamente lo
siguiente:" El que deponiendo como testigo ante la autoridad Judicial,
afirme lo falso o niegue lo cierto o calle total o parcialmente lo que sepa con
relación a los hechos sobre los cuales es interrogado, será castigado con prisión
de 15 días a 15 meses. Sí el falso Testimonio se ha dado contra algún indiciado
por delito o en el curso de un Juicio Criminal, la prisión será de 6 a 30 meses
y sí concurren esas dos circunstancias la prisión será de 18 meses a tres años.
Si el falso testimonio ha sido causa de una sentencia condenatoria a pena de presidio,
la prisión será de 3 a 5 años. Si el Testimonio se hubiere dado sin Juramento,
la pena se reducirá de una sexta parte a una tercera parte." Concluimos
entonces que se puede cometer El Delito de Falso Testimonio de Tres Formas:
Afirmando lo Falso en Juicio o en ocasión del.
Negando lo Cierto en Juicio o en ocasión del.
Callando total o parcialmente los hechos que conoce y le constan y son
objeto del interrogatorio, en un Juicio o en ocasión del.
Cicerón el Famoso Abogado de Roma decía:
"...Una cosa es mentir y otra es decir mentiras..." ALIUD EST
MENTIRE, ALIUD DICERE MENDACIUM en fin la gravedad de éste Delito deriva del
hecho de que El FALSO TESTIMONIO desvía el criterio del Juez hacia hechos
falsos y con ello se estaría promoviendo una Sentencia injusta ES POR ÈSTO QUE
ESTE DELITO SE CATALOGA COMO UN DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA.
¡Cordiales, Saludos!
Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
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