miércoles, 16 de octubre de 2013

Medicina Legal: "Código de Instrucción Médico Forense"



En Materia de Medicina Legal tenemos que pensar siempre en el Perito, el Profesional que con su experticia Técnico Científica puede indagar en el cuerpo de la víctima acerca de las Causas de Lesiones, de Enfermedades, de Violencia y aún de la Muerte, éste Médico Forense tiene un Gran papel para la Justicia pues el veredicto del Juez pasa por la consulta obligatoria del Médico Forense que es quién Salvaguarda , Captura y analiza la verdad Material de los Hechos cuando éstos están confundidos en el Organismo de la Víctima, en dicha materia existe un Código de Instrucción Médico Forense el cuál en su artículos 34,35,36,37,38,39,40 y 41 describe la forma de proceder por ejemplo en los casos de Atentados contra las Costumbres y la Reproducción, así vemos que los Facultativos para ejercer la experticia en los casos de atentados contra el Pudor después de aceptar el cargo y prestar el Juramento de Ley podrán trasladarse a la casa de la agraviada y sin anunciar su visita se presentaran provistos de su competente autorización, se constituirán en la casa y solicitaran la presencia de la agraviada para la práctica de los exámenes respectivos, pues solamente ellos podrán verificar , detectar y salvaguardar las pruebas necesarias al Crimen investigado por ejemplo en éste caso El Delito de Violación cada especie delictiva tiene un protocolo que debe ser cumplido a los fines legales consiguientes.


¡Cordiales, Saludo!
Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

2 comentarios:

  1. Buena noche, leyendo el código de instrucción médico forense ( datado del año 1878) y viendo la ausencia de actualizaciones al respecto, me surge una duda legal que espero pueda aclararme. El código es claro en que el perito debe ser exclusivamente un médico cirujano, pero las leyes médicaa han sido actualizadas para ibcluir en sus artículos a los médicos integrales comunitarios, ¿Eso implica que ellos no poseen la calificación legal para el pertitaje de asuntos forenses? Gracias.

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  2. Ayuda con un análisis del.artículo 46 y 47,del código instrucción médico forense

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