martes, 29 de enero de 2013

Delitos Informáticos: Acceso Indebido


El Acceso Indebido es un Delito Especial establecido en el Titulo II Capitulo I de la Ley Especial Contra Los Delitos Informáticos denominado "De los Delitos contra los sistemas que Utilizan Tecnologías de Información, se consagra expresamente en el artículo 6 de la Ley en comento y reza expresamente lo siguiente: " Toda Persona que sin la Debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, interprete, interfiera o use un sistema que utilice Tecnologías de Información , será Penado con Prisión de 1 a 5 años y Multa de 10 a 50 Unidades Tributarias “Observamos aquí como Lei Motiv de la Ley la Protección Integral de los Sistemas que utilicen Tecnologías de Información, así como la prevención y sanción de los Delitos cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus componentes, en definitiva se trata de normas Penales de avanzada que Protegen la Pureza y Pulcritud de la Información que circula a nivel Informático y de Internet garantizando así los Derechos del Consumidor, Usuario, Internauta y en fin todo el que Utiliza estás tecnologías. Recomendamos como Web-Blog de Interés el del Dr. Roberto Porcel: http://robertoporcel.blogspot.com/

¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

No hay comentarios:

Publicar un comentario