miércoles, 23 de enero de 2013

La Querella admitida debe ser Notificada a las Distintas Autoridades.



Cuando la Querella ha sido presentada por ESTAFA CONTINUADA y existen bienes inmuebles relacionados con el Juicio aún antes de que el Juez se pronuncie LA VICTIMA podrá Notificar al Registrador de la Propiedad Inmobiliaria a objeto de que Impida la venta de dicho Bien por ser un Bien Litigioso evitando así males mayores desde el punto de vista económico. Así también se aconseja presentar los antecedentes penales del acusado a objeto de que el Juez de la causa no dude en otorgar las Medidas Preventivas y de protección que le solicita La Victima.

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