La
Falsificación Marcaria ya es reconocida como un Flagelo, pero no es menos
cierto que la gravedad del asunto ha hecho que tratadistas en la materia lo
lleven a un estadio o fase terminal en cuanto a su gravedad se refiere por los
serios efectos que está teniendo en las economías de nuestros Países al punto
que ha llegado a comparársele con un CANCER pues ha minado el sistema económico
como Mutatis Mutandi lo hace el cáncer con el organismo, pero sabemos así mismo
que cuando se Piensa (entre ellos el Dr. Roberto Porcel del Despacho de
Abogados Argentino Porcel & Cabo) UNIFICAR CRITERIOS lo refieren desde el
punto de vista Técnico para poder dar una solución adecuada en la Justa
dimensión del problema la Idea de que se pueda manejar estos Criterios a través
de las Cámaras Norteamericanas (la de aquí se llama VENANCHAN) es genial porque
el 90% de las Patentes ,licencias y Derechos Marcarios en general se manejan a
través de estas Cámaras de intereses comerciales, no sería descabellado promover
la utilización de USOS UNIFORMES DE PROTECCION MARCARIA, es decir, PROTOCOLOS
DE PROCEDIMIENTO Y DE ACTUACION LEGAL para que los Titulares de los Derechos
Marcarios actúen con una misma Dirección e interés (SIN CONTRADICCIONES), es
decir, coordinar las actuaciones legales protectoras del Derecho Marcario por
ejemplo: Los Miembros de las Cámaras de Comercio Norteamericanas de la Región
Latinoamericana Recomiendan a sus Asociados seguir el siguiente Protocolo de
Procedimientos y actuación Legal para el caso de Falsificación Marcaria : 1_
Ejercer la Acción Penal Correspondiente. 2- Ejercer la Acción Civil
Sub-sidiariamnete para el pago de Daños y Perjuicios. 3- Solicitar en el caso
penal Medidas de Coerción Personal contra: a- El Dueño del Comercio. b- El Propietario
del Inmueble Arrendado. c-Los Comerciantes Adquirentes de Mercancía
Falsificada. d- El consumidor de Mala Fe.4- En el caso Civil Solicitar: a-
Medida Preventiva de Embargo. b- Incautación de Mercancía Falsificada. c-
Clausura o cierre del Establecimiento. d- Embargo de Cuentas Bancarias de los
demandados por Daños y perjuicios causados por falsificación Marcaria, en fin
algo así , entonces las CAMARAS actuarían coordinadamente y los resultados serían
más efectivas porque en definitiva si todos actúan por su cuenta en forma descoordinada
el que saldrá beneficiado será EL DELINCUENTE, en cambio si se coordinan
acciones vía las diferentes cámaras entonces los resultados serían mas
efectivas y se haría retroceder la incidencia del delito en gran parte de la
medida creemos que la clave está allí en la coordinación de las acciones
legales a ejercer en la defensa de los derechos marcarios. Para continuar
analizando esta materia recomendamos el Blog del Dr. Roberto Porcel
(http://robertoporcel.blogspot.com/)
¡Cordiales,
Saludos!
Dra. Emilia de
León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr. Gilberto
Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
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