lunes, 4 de marzo de 2013

¿Soluciones creativas para un Conflicto Inquilinario?



La experiencia nos ha enseñado que cuando las partes tienen una actitud positiva para la resolución de los conflictos generalmente los Perjuicios se reducen a su mínima expresión. Tuvimos la oportunidad de intervenir en un caso donde tanto el propietario como el inquilino sostenían posiciones irreconciliables sin embargo siempre la estrategia del Propietario fue mantener un canal abierto de comunicación con el inquilino cosa que aconsejamos en un 100% porque si cierras el dialogo simplemente te sometes a soluciones extremas que en la mayoría de los casos llevan a un litigio complicado en el que ganan con justa causa los peritos legales, pues bien el mantener el dialogo abierto otorgó a estos personajes la posibilidad de construcción de Soluciones creativas, lo primero que se hizo fue poner en una balanza los intereses de cada quién el Inquilino poseía una Empresa Educativa con licencia hasta el 2.021 mientras el propietario enfrentaba la dificultad de la congelación del canon de arrendamiento causa del llamado Hecho del Príncipe, sin e embargo como se mantenía el dialogo abierto El Inquilino llegó a pensar en Resolver el contrato de arrendamiento prometiendo su entrega al vencimiento del contrato sin embargo su interés personal le aconsejaba otra cosa pues su empresa educativa expira por causa de la licencia en el 2.021 ,esto lo hacía pensar en sus rancias y en el costo de las matriculas que podría recoger todos esos años, también pesaba en su cabeza la cantidad de tiempo ya laborada con esa empresa lo cuál a todas luces aqueja un gran cansancio para ese Empresario del saber la única solución intermedia se encontró cuando el propietario acepto tomar las riendas de la empresa educativa y otorgar al Inquilino Dueño de la Licencia un porcentaje concertado con el inquilino que le garantizara una ganancia razonable hasta el vencimiento de su licencia, pero por el otro lado el propietario aumento sus ingresos con el manejo administrativos de la Empresa educativa amén de cobrar adicionalmente su canon de arrendamiento, es decir, con esta solución creativa vía transacción se evito el conflicto Judicial y las partes resultaron beneficiadas en la medida y extensión de sus derechos relacionados en forma directa con su beneficio personal , pensamos entonces, ¿ esto no es para reflexionar ?

¡Cordiales, Saludos!

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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