En Venezuela existe y está en plena
vigencia el Reglamento de Quirófanos el cuál surge como una necesidad para
evitar un olvido Grave como lo es material Quirúrgico en la Cavidad del
Paciente ¡sí así como se oye!, particularmente conozco dos casos de dos
Personas que en distintos Centros asistenciales murieron a los pocos días de
operados porque los Cirujanos habían olvidado en su interior implementos
necesarios para la práctica del acto médico quirúrgico, uno de ellos murió
porque le dejaron en su interior la Gasas de la Operación y por supuesto ese
material se pudrió y causo la muerte ,al otro le olvidaron un bisturí en su
interior lo cual una vez incorporado le produjo una herida interna que genero
un sangra miento que desencadeno su muerte, ésta situación grave o mejor dicho gravísima
se intenta controlar con el referido Reglamento el cuál trata el Tribunal
Supremo de Justicia como se señala a continuación:"...Asunto El control o
conteo del material quirúrgico es obligatorio en toda cirugía, su verificación
debe ser exacta, el control o conteo del material quirúrgico empleado en una cirugía,
incluye disposiciones sobre el conteo de compresas, es decir, sobre el punto
exacto debatido, y sobre quienes habrán de ocuparse del conteo en referencia:
en efecto, tales disposiciones (en el aparte A, literal f y en el aparte B,
literal f del artículo 39; y el literal k del artículo 40) versan sobre el
control del material médico-quirúrgico del quirófano que sea asignado, la
verificación cuidadosa del número de compresas antes de cerrar la cavidad, y el
verificar el recuento de compresas antes de cerrar la cavidad...."
Obviamente el olvido de ese Material antes referido en la cavidad del paciente
constituye MALA PRAXIS MEDICA la cual genera también responsabilidades en la Jurisdicción
Penal y consecuencias civiles para Reparar e indemnizar los Daños y Perjuicios
e inclusive el Daño Moral.
¡Cordiales, Saludos!
Dr. Gilberto Antonio Andrea
González
ABOGADO-U.C.A.B.
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