Constituyen Delitos consagrados y
establecidos en La Ley Especial Contra Delitos Informáticos la cual en su artículo
1 fija sus objetivos y propósitos así:
·
Protección Integral de los Sistemas que utilicen
Tecnologías de Información.
·
Prevención y Sanción de los Delitos cometidos
contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes.
·
Delitos cometidos mediante el uso de dichas Tecnologías.
Las Sanciones por los Delitos
Previstos por ésta Ley serán Principales y Accesorias, las Sanciones
Principales concurrirán con las Penas Accesorias y ambas podrán también
concurrir entre sí.
Los Delitos se Clasifican así:
De los Delitos contra los Sistemas que
Utilizan Tecnologías de Información:
- Acceso Indebido.
- Sabotaje o Daño a Sistemas.
- Favorecimiento Culposo del Sabotaje o Daño.
- Acceso Indebido o Sabotaje a Sistemas Protegidos.
- Posesión de Equipos o Prestación de Servicios de Sabotaje.
- Espionaje Informático.
- Falsificación de Documentos.
Delitos contra la Propiedad:
- Hurto.
- Fraude.
- Obtención Indebida de Bienes o Servicios.
- Manejo Fraudulento de Tarjetas Inteligentes u otros Instrumentos análogos.
- Apropiación de Tarjetas Inteligentes o Instrumentos análogos.
- Provisión Indebida de Bienes o Servicios.
- Posesión de Equipos para Falsificaciones.
De los Delitos contra la Privacidad de las
Personas y de las Comunicaciones:
- Violación de la Privacidad de la Data o Información de Carácter Personal.
- Violación de la Privacidad de las Comunicaciones.
- Revelación indebida de data de información de carácter personal.
De los Delitos contra Niños, Niñas o
Adolescentes:
- Exhibición Pornográfica de Niños o Adolescentes.
- Difusión de Material Pornográfico
De los Delitos contra el Orden Económico:
- 1 Apropiación de la Propiedad Intelectual.
- Oferta Engañosa.
Establece también como Penas Accesorias las
siguientes:
- Comiso de Equipos, dispositivos, instrumentos, materiales útiles, herramientas y objetos de la comisión del delito.
- Trabajo Comunitario.
- Inhabilitación para empleos o cargos públicos.
Establece Indemnización Civil de
Daños y Perjuicios a la Victima en caso de que la Sentencia sea Condenatoria.
Recomendamos como enlace de interés a este Tema en lo que a Piratería de Marcas
en Internet se refiere la siguiente página: http://robertoporcel.blogspot.com/
¡Cordiales Saludos!
Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
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