lunes, 28 de enero de 2013

Fianza para Suspender Judicialmente los efectos de un Acto Administrativo



Una vez que es aceptada por el Tribunal la Fianza propuesta el Acto Administrativo ya sea Nacional, Municipal o Estadal NO PODRA ejecutarlo hasta que la Sentencia definitiva no éste Firme, puesto que si la autoridad ejecuta el fallo estando pendiente un Recurso caería en desacato por NO RESPETAR la Sentencia Interlocutoria que Suspendió los efectos del Acto Administrativo, pudiendo ser el Funcionario objeto de Arresto por Desacato a una Orden Judicial, también incurre en una grave violación al Principio Universalmente aceptado y de aplicación directa en nuestros Procesos Judiciales como lo es el de: ORDEN CONSECUTIVO LEGAL CON VISOS DE PRECLUSIVIDAD.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

No hay comentarios:

Publicar un comentario