jueves, 31 de enero de 2013

Ley del Sistema Venezolano para la Calidad


Para conocimiento del Público en general citamos aquí el contenido del artículo 1 de la Ley del Sistema Venezolano para la calidad el cual reza expresamente lo siguiente: "Esta Ley tiene por objeto desarrollar los Principios Orientadores que en materia de Calidad consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, determinar sus bases Políticas y diseñar el marco legal que regule el sistema Venezolano para la Calidad. Así mismo, establecer los mecanismos necesarios que permitan garantizar los Derechos de las Personas a disponer de Bienes y servicios de calidad en el País, a través de los subsistemas de Normalización, Metrología, Acreditación, certificación, Reglamentaciones Técnicas y Ensayos." Así mismo para conocer la Acción del Estado en éste Sentido hay que citar también el artículo 3 de la Ley en comento la cuál expresa lo siguiente : "La Acción del Estado en Materia de Calidad, de acuerdo con ésta Ley, estará dirigida a:

  • Elaboración e intercambio de Bienes.
  • Prestación de Servicios.
  •  Importaciòn, distribuciòn y expendio de bienes.
  •  Exportación de Bienes y Servicios y
  •  Educación y promoción de la calidad."

Luego en el articulo 4 Ordinal 2 encontramos el concepto de la Ley sobre CALIDAD donde expresa lo que sigue: Calidad: "...Grado en que un conjunto de características inherentes a bienes y servicios cumple con unas necesidades o expectativas establecidas, generalmente implícitas u Obligatorias (Requisitos)..." Vemos pues como con esta Ley se complementan un conjunto de Leyes que tienen como fin buscar el bienestar de la Comunidad Venezolana con el desarrollo de técnicas y procedimientos que den como resultado Bienes y servicios de alto standing que garanticen en definitiva productos de calidad todo lo cual repercute en la salud económica de la Nación.

¡Cordiales, Saludos!

Dra. Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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