miércoles, 23 de enero de 2013

LA VICTIMA EN EL DELITO DE ESTAFA




De conformidad con el Código Orgánico Procesal Penal LA VICTIMA puede solicitar al Juez de Control y aún al propio Fiscal la devolución de las cosas Hurtadas, Estafadas, Robadas siempre y cuando sea necesaria su conservación a los efectos de la Investigación, así también tiene Derecho a ser Indemnizado por Daños y Perjuicios, Restitución de la Cosa y Reparación del Daño según reza el artículo 120 del Código Penal Venezolano.

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