miércoles, 23 de enero de 2013

Querella Acusatoria



En Venezuela las Normas Procesales Penales están Contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal allí entre muchas materias se regulan los requisitos de la QUERELLA ACUSATORIA que no es más que la Acusación Privada por parte de la Víctima, toda vez que LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO ejerce la acción Penal por el Estado, dicha Querella Acusatoria debe contener : Nombre, apellido, domicilio y relación de parentesco del Querellante con el Querellado, Nombre, apellido y Domicilio del QUERELLADO o Acusado, Relación de los hechos y elementos de Convicción de que el Querellado cometió el delito(PRUEBAS) detallar su carácter de Victima, también puede solicitar medidas preventivas del Juez penal para evitar que las acciones del Querellado se concreten en Daños Posteriores.

Dr. Gilberto Antonio Andrea González


ABOGADO-U.C.A.B.

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